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  • ¿Qué documentos necesitamos para captar su propiedad?

    Para cumplir con lo previsto en la Ley sobre la correcta información del cliente en el caso de las Agencias Inmobiliarias, especialmente tomando en consideración el "Decreto 218/2005", debemos solicitar los siguientes documentos relacionados con la venta de su propiedad:

     

    • Copia de su Escritura de Compraventa o Nota Simple del Registro de la Propiedad.
    • Copia de la Licencia de Primera Ocupación de su propiedad, también podría ser la “Cédula de Habitabilidad" en propiedades más antiguas.
    • Copia del último recibo de IBI ("Impuesto de Bienes Inmuebles"): Normalmente se carga directamente en su cuenta bancaria española y, por lo tanto, se puede encontrar en los extractos de la cuenta, pero el mejor recibo es el original, que el Ayuntamiento enviará a su propiedad, porque incluye la Referencia catastral y el Valor catastral.
    • Copia del último recibo de Basura: Normalmente se carga directamente en su cuenta bancaria española y, por lo tanto, se puede encontrar en los extractos de la cuenta, pero el mejor recibo es el original, que el Ayuntamiento enviará a su propiedad, porque incluye la Referencia catastral.
    • Copia del último recibo de Cuotas de Comunidad de Propietarios, y datos de contacto del administrador de la comunidad de propietarios a la que pertenece su propiedad.
    • Planos de distribución de la propiedad (si están disponibles)
    • CEE (Certificado de Eficiencia Energética): Por ley, usted, como vendedor, está obligado a tener un Certificado de Eficiencia Energética sobre su propiedad que tiene que estar disponible en el mismo momento en el que ofrece una propiedad en venta o alquiler. Es necesario que los clientes puedan comparar la eficiencia energética de las diferentes propiedades que ven. Necesitamos este Certificado, ya que las Agencias Inmobiliarias están obligadas por ley a exhibir este certificado a sus posibles clientes y nos enfrentaríamos a multas muy duras si no cumpliéramos. En caso de que aún no tenga dicho certificado, estaremos encantados de ayudarle a organizarlo a través de un arquitecto técnico. Por favor no dude en contactarnos. El certificado también debe estar registrado y sellado por el Departamento de Industria de la Junta de Andalucía en Málaga. Este certificado también es obligatorio llevarlo el día de la cita con el Notario. No podemos vender una propiedad sin entregar en la notaría el CEE original debidamente registrado y sellado.

     

    En caso de tener alguna pregunta con respecto a lo anteriormente explicado, o si desea concertar una cita para que podamos ver su propiedad, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.